¿Incumple la protección de datos grabar una conversación telefónica con un cliente?

Nuestro socio principal Felipe Herrera nos habla en Economía de Mallorca sobre la sanción de 5000€ que le impuso a una entidad La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por grabar una conversación telefónica con un cliente sin previo aviso y sin el consentimiento de dicho cliente.

¡Esperamos que os sea de utilidad!

https://economiademallorca.com/art/33032/incumple-la-proteccion-de-datos-grabar-una-conversacion-telefonica-con-un-cliente#ath

Felipe Herrera, socio principal de Braasc.

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